VISTO:
El Expediente Nº 2021-00122-3, caratulado Bloque U.C.R. Concejales Abate- Rodríguez, presentan proyecto de Resolución: Pista skatebording – Skatepark, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de reactivar este deporte en el departamento de Rivadavia.
Que el skateboarding es un deporte que está relacionado con el surfing, la cultura callejera, con el arte urbano y tiene sus conocimientos de la década de 1948 como sustituto a la tabla de surf en tierra, quitando las ruedas a unos patines. Creado a partir de una variación de surfing ha desarrollado una atracción e interés para muchos.
Que aunque el skatebording, patinaje en línea y el BMX o el scoot son deportes individuales, los niños y jóvenes suelen estar acompañados por sus amigos y familiares, este contacto social y la creatividad intrínseca de estas modalidades deportivas les seguirá motivando a desarrollar una vida activa, a socializar y a fomentar su creatividad, anticipación y concentración.
Que al tener un skatepark, el municipio tiene los siguientes beneficios: ya no habrá muchos skaters, rollers y bikers en lugares públicos, como plazas o parques. Habrá menos deterioro de las estructuras municipales/ públicas, como barandillas, bancos o rampas puesto que el skatepark contará con ellos y no sentirán la necesidad de buscarlas fuera del mismo. Se reducirán las quejas por parte de los vecinos. La seguridad pública se verá mucho más normalizada, dado que la práctica deportiva de estas modalidades se concentrará en un entorno controlado y preparado para tal fin.
Que otro importante, es que un skatepark es una atracción para la ciudad.
Muchos atletas de municipios y ciudades colindantes se sentirán atraídos usarlo, por lo que el turismo y la publicidad de la ciudad aumentarán. Esto trae otros beneficios consigo como, por ejemplo, la utilización del skatepark para grandes e importantes actividades extremas, el aumento del consumo del interno o la mejora de la imagen corporativa por estar en sintonía con nuevas modalidades y tendencias deportivas.
Que un skatepark puede tener otros usos que resultan positivo para el municipio ya que puede servir como plataforma para montar algún show de música o alguna actividad de jóvenes.
Que esta disciplina deportiva será por primera vez olímpica en los Juegos de Tokio 2020.
Que el skate argentino está al mismo nivel de cualquier lugar del mundo y en Mendoza viene en un sostenido crecimiento, en cuanto a la calidad de adeptos de ambos sexos, distintas edades que lo practican y la cantidad de pistas que existen en el territorio provincial.
Que todos los días se están sumando chicos nuevos a la práctica del skate y en cuanto a la infraestructura, Mendoza cuenta con varios skateparks, iniciativa por la que se lucho muchos años para que hicieran. Así fue que se terminaron haciendo en Ciudad, Godoy Cruz, Maipú, Tupungato, Rivadavia y eso permitió que el nivel de este deporte haya crecido bastante.
Que la pista data del 2013, se ubica en el predio del ferrocarril, sobre una superficie de 1.200 m2 y cumplió así un sueño para ciento de niños, adolescentes y jóvenes del Departamento y la Región.
Que la reactivación de la pista de skate ubicada en el predio educación superior, significa no solo un espacio de recreación sino también uno de formación en donde los y las jóvenes que practican dicho deporte incrementan sus habilidades.
Que la reactivación de dicha pista contribuirá al resultado de quienes practican esta disciplina, posibilitará la relación de clínicas y demostraciones. Además de favorecer el intercambio deportivo/ cultural con otros departamentos y provincias.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo Nº1: Veríamos con agrado que el Ejecutivo Municipal arbitre los recursos necesarios a los efectos de refuncionalizar el skatepark ubicada en el predio del ferrocarril para reactivar el espacio, coordinando acciones y actividades conjuntas entre el área de Deporte y Juventud.
Artículo Nº2: El Departamento Ejecutivo deberá dictar reglamentación de uso de la Pista de Skate, donde defina:
- Uso
- Horario
- Obligaciones para los usuarios
- Derechos y prohibiciones.
Artículo Nº3: Colocar cartelería clara de los puntos mencionados en el artículo 2.
Artículo N 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 03 de agosto de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO JUAN BERNABÉ GARRIDO
SECRETARIA H.C.D. VICEPRESIDENTE 1º H. C. D.
A/C PRESIDENCIA
Cpde. Expte. Nº 2021-00122-3 H.C.D.