VISTO:
El Expediente Nº 2021-00184-3, caratulado: Departamento Ejecutivo Asesoría Legal, solicita Designar tres Ediles para que integren el Jury de Tachas, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Ley Nº 1.079 “Orgánica de Municipalidades” , que establece en su Artículo 27º, cada Concejo Deliberante deberá nombrar en sesión fijada a tal efecto, tres (3) Ediles que integrarán el Jury de Tachas.
Que dicho Jury será quien analice las tachas y observaciones al Padrón de Extranjeros residentes en nuestro Departamento, y que sean formuladas a través de los apoderados especiales que a tal efecto designen los partidos políticos o agrupaciones comunales que se encuentran inscriptos de conformidad a la Ley Electoral.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo Nº 1: El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, dispone la constitución del Jury de Tachas, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 27º de la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades.
Artículo Nº 2: Desígnese como integrantes del Jury de Tachas del departamento de Rivadavia, a los señores Concejales: Fátima del Valle Campos, D.N.I. Nº 28.791.511; María José Gil, D.N.I. Nº 33.829.865; Nelson Manuel Santarelli, D.N.I. Nº 20.516.473.
Artículo Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 31 días del mes de agosto de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2021-00184-3 H.C.D.