Ordenanzas
ORDENANZA Nº 4972-20
7 diciembre, 2020
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VISTO:

El Expediente Nº 2020-000014-3, Expediente Municipal Nº 2020-00352-7, caratulado: Secretaria de Hacienda, eleva Pedido de Informe Técnico, Red de Gas, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Expte. Municipal Nº 2018-03036-7 y la Ordenanza Nº 4893-2018, se declara de utilidad pública y sujeta a reembolso la obra de 11.855 metros lineales de Red de Gas Natural Domiciliaria, para las zonas de Ciudad y Los Campamentos; y por Expte. 2019-17612-8 se modifica el Art. 2º de la Ordenanza 4893-2018.

Que en el Artículo Nº 2 de la citada Ordenanza modificada, se establece que una vez finalizada la obra de cada proyecto individual, se deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante, el monto definitivo de la obra para fijar el sistema de reembolso y plan de pagos de cuotas.

Que uno de los requisitos para lograr la conexión domiciliaria es haber adherido a plan de pagos del reembolso de la obra y contar con el certificado de libre deuda de la Municipalidad especial con indicación de APTO CONEXIÓN, por lo tanto con la finalidad de agilizar los trámites de los vecinos para cuando la obra se encuentre finalizada, entonces resulta necesario tratar una reglamentación de reembolso a la finalización de la obra.

Que mediante el procedimiento de Licitación Pública se procedió a la contratación de la obra con la Empresa ROBRAS CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES S.R.L. y que la obra se encuentra desarrollándose dentro de los plazos normales.

Que en función a los datos suministrados e informes técnicos de obra pública y contable, obrante en expediente, se ha determinado un costo de reembolso por conexión de $ 12.000.

Que debido a la situación actual que se está viviendo en la mayoría de los hogares de los ciudadanos de Rivadavia, y con el fin de no agravar más la situación económica de las familias de este Departamento, se ha decidido no trasladar los mayores costos ya incurridos o en los que se pudieran incurrir, al costo de la obra sujeta a reembolso para los beneficiarios de la mencionada obra de red de gas.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

 

ORDENA

Artículo 1°: Determínese el valor del reembolso por parte de los vecinos beneficiarios de la obra de Red de Gas Natural Distrito Ciudad y Los Campamentos en la suma de 2400 UTM, equivalente al día de aprobación de la presente Ordenanza de pesos doce mil ($12.000).

Artículo 2º: Autorizar a la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Recaudación y Finanzas Públicas para que a medida que los beneficiarios vayan solicitando las adhesiones correspondientes, se realicen los cargos por reembolso a cada padrón y/o cuenta de la propiedad beneficiada con dicha obra.

Artículo 3º: El contribuyente beneficiario deberá suscribir un plan de pagos conforme las siguientes opciones:

a. Pago contado con un descuento del 10% sobre valor del artículo Nº 1.

b. Pago en 3 cuotas con un descuento del 5% sobre el valor del artículo Nº 1.

c. Pago en 6 cuotas sin recargo sobre el valor del artículo Nº 1.

Artículo 4º: Solicitar a Distribuidora de Gas Cuyana S.A. (ECOGAS) a otorgar las autorizaciones de conexión una vez que solicitante presente el CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA que a tales efectos emitirá la Municipalidad de Rivadavia, no permitiendo conexiones en ningún caso que no se presente este instrumento.

Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de enero  de 2020.

 

 

              MARÍA INÉS DALLAGO                                       JUAN GARRIDO

                SECRETARIA H. C .D.                               VICEPRESIDENTE 1º H. C. D.

 

 

Cpde. Expte. Nº 2020-00014-3 H.C.D.

Cpde. Expte.  Nº 2020-00352-7 D. E.