BROMATOLOGÍA

La Oficina de Bromatología tiene como objetivo prevenir Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA’s), para lo cual se trabaja sobre los siguientes puntos:

Elaborando e implementando registros de

  • Manipuladores de alimentos 
  • Vehículos Gastronómicos/Food Trucks
  • Establecimientos Elaboradores

Tiene como objetivo:

  • Reglamentar las actividades para lograr asegurar la salubridad de los alimentos para toda la comunidad.
  • Generar conciencia en productores, elaboradores y consumidores sobre conductas responsables en buenas prácticas de manufactura.
  • Realizar auditorías e inspecciones como herramientas para lograr mejoras continúas en la elaboración, fraccionamiento, envasado, transporte y conservación de los productos alimenticios y materias primas, como así también en los locales y vehículos en los que se desarrollan estas actividades.

Atención al Público

Lunes a Viernes de 08:00 hs a 14:00hs – 14:30 hs a 20 hs.
Teléfono fijo: 263 444 4543 interno 291
Teléfono móvil: 263 434 3007
Correo: bromatologiarivadaviamza@gmail.com
Ubicación: Aristóbulo del Valle (ex edificio del Juzgado)

TRÁMITES

CURSO MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS

El curso de Manipulación Higiénica de Alimentos consiste en la enseñanza de una correcta, higiénica y eficiente forma de “manipular los alimentos”, para todas las  personas que intervienen en la cadena agroalimentaria. Se basa en la capacitación para lograr inocuidad y  calidad en los productos alimenticios. Los temas tratados son:

  • Conceptos generales sobre calidad e inocuidad alimentaria
  • Alimentos Seguros
  • Cinco Claves de la Inocuidad Alimentaria
  • Enfermedades transmitidas por alimentos (ETA’s)
  • Alimentos Alergénicos 
  • Alimentos Libres de Gluten

Características del Curso

  • Dirigido a personal involucrado en la manipulación de alimentos, tanto empleados como propietarios de comercios del rubro alimentario: restaurantes, rotiserías, panaderías, fiambrerías, verdulerías, carnicerías, chacinados, vendedores ambulantes, vendedores de ferias, etc.
  • De carácter obligatorio para quienes trabajan en los rubros mencionados, según el art. 21 del Código Alimentario Argentina.
  • Carga horaria mínima de 7 (siete) horas con examen final integrador.
  • Obtención de “Carnet de Manipulador de Alimentos” oficial, con validez nacional por 3 (tres) años.
  • Cursado presencial en el Teatro Bianchi, en fechas y horarios estipulados según el siguiente cronograma anual:

Aquí el «CALENDARIO DE CURSOS»

«FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN –  Turno Mañana » 
«FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN –  Turno Tarde » 

Para pagar el curso puede ingresar a «Rentas Online», cargar sus datos  y luego seleccionar «Curso de Manipulación de Alimentos».

DENUNCIA POR ALIMENTOS EN MAL ESTADO

Para realizar denuncias en caso de sospecha de contaminación y/o alteración de productos alimenticios se pueden realizar online mediante un formulario y de manera presencial en la oficina de Bromatología en los horarios de atención.  

La Oficina de Bromatología cuenta con un formulario web:

« FORMULARIO DE DENUNCIA »

A través de la línea telefónica o correo electrónico se reciben denuncias de aquellos comercios que no reúnan las condiciones higiénico-sanitarias pertinentes.

RECOMENDACIONES AL REALIZAR UNA DENUNCIA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS

 Si aún mantiene el producto, “CONSÉRVELO” y entregue el mismo a personal de Bromatología del Municipio. 

  •  Registre mediante fotografías u otra forma, detalles del producto: Nombre Comercial, N° de lote, Fecha de elaboración, Fecha de vencimiento, tipo y tamaño del envase. 
  •  No tire nunca los alimentos ingeridos en las últimas 48 hs./ 72 hs. que causaron la enfermedad- consérvelo en frío (preferentemente en la heladera o el freezer) y comuníquese con el Área de Bromatología Municipal para poder tomar una muestra.

TE: 0263 444 4543/45/46 interno 291 

  • Conservar el ticket o factura de compra de los alimentos comprados.

HABILITACIÓN DE FOOD TRUCK

El trámite se inicia por Mesa de Entradas, y con los requisitos establecidos por Comercio e Industria.
La Oficina de Bromatología solicitará p
ara la obtención de la habilitación general del vehículo gastronómico o del permiso particular de uso precario, los siguientes requisitos:

Personas Humanas

  • Poseer capacidad suficiente para la elaboración y comercio de comidas y/o bebidas en vehículos gastronómicos. 
  • Ser mayores de 18 años. 
  • Tener constancia de inscripción en Administración Federal de Ingresos Públicos, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza. 
  • Tener certificado de buena conducta. 
  • Ser propietario del vehículo gastronómico.

Personas Jurídicas 

  • Poseer capacidad suficiente para la elaboración y comercio de comidas y/o bebidas en vehículos gastronómicos. 
  • Encontrarse inscripta ante el registro pertinente. 
  • Tener constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos. 
  • Encontrarse inscripto en la categoría correspondiente del impuesto sobre los ingresos brutos. 
  • Estar al día con los impuestos municipales y provinciales

Condiciones 

Módulo:

  • Pisos: lisos, lavables, de material impermeable (llaneado, cerámica, baldosa, etc.) – con protección antideslizante.
  • Paredes y/o Laterales: lisos, impermeables de acero inoxidable o similar.
  • Techo: de material impermeable, NO inflamable.
  • Aberturas: Puertas, ventanas, deben contar con burletes que impidan el acceso a posibles plagas.
  • Mobiliario y/o Equipamiento: Revestido en acero inoxidable y/o material lavable.
  • Iluminación: Con protección anti estallido.
  • Sistema de Ventilación: Que previene el exceso de vapor y/o calor en el módulo. Colocación de campana extractora.
  • Circuito Electrónico: Compuesto de dispositivos aislantes y cables empotrados.

Equipamiento del Módulo:

  • Tanque de almacenamiento con agua potable: Para la elaboración de alimentos e higiene de manos del personal, de al menos 50 L (litros).
  • Tanque de almacenamiento de líquido de desagüe de las piletas: De al menos 50 L (litros).
  • Equipo de refrigeración: Para almacenamiento y conservación de los alimentos y/o bebidas, con interiores de materiales lavables y no porosos.
  • Equipo de cocción y calentamiento: Eléctrico y/o a gas, en cuyo caso deberá contar con la aprobación del matriculado al momento de la habilitación.
  • Pileta de desagüe: Para el lavado de utensilios y alimentos, y para la higiene del personal, con bacha separada para alimentos y limpieza general.
  • Vidrio o acrílico protector: Para la exhibición de los alimentos y/o bebidas al público.
  • Extintores de incendio.
  • Receptáculos: Para almacenamiento y separación de residuos (Mínimo 2).

Condiciones del personal:

  • Curso de manipulación de alimentos.
  • Vestimenta adecuada a la actividad (delantal o chaqueta, cofia o gorra, barbijo, y guantes de ser necesario).

Condiciones de las materias primas y productos:

  • Buen estado de conservación y almacenamiento
  • Certificado de procedencia (rotulación donde conste elaborador, fecha de elaboración, fecha de vencimiento, etc)

«ORDENANZA N°5012/2020»

 

HABILITACIÓN DE UTAs ( Unidad de Transporte de Alimentos)

El trámite se realiza presentando una nota por mesa de entrada de la Municipalidad donde es necesario presentar la documentación que se detalla a continuación.
Una vez presentado el expediente, la oficina de Bromatología visitará el domicilio del solicitante.

Requisitos y Documentación necesaria.

  • Concurrir con el vehículo vacío y limpio con sus chapas patente, para ser inspeccionado.
  • Cédula Verde o Cédula Azul (según corresponda).
  • Constancia de CUIL/CUIT del titular del vehículo y fotocopia de DNI
  • Seguro del vehículo
  • Curso de Manipulación de Alimentos vigente del chofer del vehículo

INFORMACIÓN DE INTERÉS

PLAN NACIONAL DE REDUCCIÓN DE PÉRDIDAD Y DESPERDICIOS DE ALIMENTOS.

Nuestro Municipio se encuentra adherido al Plan Nacional establecido mediante Ley 27.454 acerca de la Reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos.

  • Promovemos a la concientización de la comunidad a través de notificaciones en los establecimientos gastronómicos, los cuales tienen el deber de: Poner a disposición de cada cliente, sin  costo adicional, los alimentos que no hayan sido consumidos por los mismos en el local e indicar en todas las cartas de menú y en un sitio visible para todo público, la leyenda con letra clara:” Si te sobró comida, es tu derecho pedirla para llevar gratuitamente. Evitar el desperdicio de alimentos, es tu obligación Ordenanza Municipal Nº 4965-19”.
  • Campaña “Desperdicio Cero”:  la campaña anual “Desperdicio Cero”, se realiza la semana del 29 de setiembre de cada año con el objeto de poner en valor las buenas prácticas para la reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos

«ORDENANZA»  

CONSUMIDORES - COMERCIANTES

El Código Alimentario Argentino (C. A. A.), Ley 18.284, contempla las exigencias que deben cumplir todos los productos alimenticios que se comercializan dentro del territorio Nacional. Esta ley, entre otros aspectos, exige la certificación de procedencia de los distintos alimentos, que según su tipo, deben presentar los siguientes datos:

Productos envasados: Deben poseer RÓTULO/MEMBRETE/ETIQUETA en la que detalle:

  • Marca del producto (Ej.: Arcor)
  • Tipo de producto (Ej.: Galletitas Dulces)
  • Nombre y domicilio del elaborador
  • Fecha de elaboración y lapso de aptitud, o fecha de vencimiento Registro Nacional o Provincial de Establecimiento (R.N.E.o R.P.E.)
  • Registro nacional de Producto Alimenticio (R.N.P.A.)
  • Información nutricional
  • Ingredientes
  • Modo de preparación (en caso de productos para preparar)
  • Número de lote
  • Contenido neto (peso o volumen)

Carnes y derivados:

  • Carnes: sellos y/o facturas de compra del frigorífico o proveedor
  • Embutidos: (Chorizos, morcillas, etc.) tarjetas identificatorias.
  • Salazones y otros chacinados (jamón crudo, bondiola, etc,) rótulo
  • Pollos: tarjetas identificatorias (internas) o rótulo (exterior)
  • Milanesas y Hamburguesas: rótulo.

En las tarjetas identificatorias debe aparecer los datos del elaborador, lapso de aptitud del producto, R.N.E. y R.N.P.A.

Productos Panificados:

  • Panes, facturas y tortitas: facturas de compra de panadería o proveedor.
  • Panes de hamburguesas, panchos, lomos, prepizzas, pan rallado, alfajores y otros envasados: rótulo

Productos de venta al peso: “Productos sueltos” el C.A.A. permite su venta siempre que:

  • Sean fraccionados al momento de la venta (a la vista del cliente)
  • Sean mantenidos en su envase original hasta su total vaciamiento
  • El envase original posea el rótulo correspondiente, por ser un producto envasado.

Productos caseros: Los elaborados en domicilios particulares sin ningún tipo habilitación.

  • Pan, tortitas, orégano, miel, salsas, conservas en general, o cualquier otro producto de elaboración “CASERA” cuya procedencia no pueda ser justificada, el C.A.A. PROHÍBE terminantemente su comercialización.

Todos los productos alimenticios mencionados precedentemente, y cualquier otro producto alimenticio que se comercialice dentro del territorio Nacional, deberá por lo tanto, provenir de un establecimiento habilitado para tal fin, no solo a nivel municipal, sino también, autorizado por los Organismos Provinciales correspondientes (en Mendoza: Depto. de Higiene de los Alimentos para alimentos en general, SENASA y Dirección Provincial de Ganadería para alimentos de origen animal e I. N. V. para productos de la vitivinicultura o con contenido alcohólico).
Además, el transporte de alimentos solo se podrá llevar a cabo en vehículo habilitados por la autoridad competente (municipal o provincial), por lo que deben cumplir con las exigencias del C.A.A., según los requerimientos de conservación de los productos alimenticios que transporte, presentando equipos de frío, sistemas refrigerantes, cajas térmicas, cajas sin aislamiento térmico o simplemente acoplado playo según corresponda.
Cualquier producto alimenticio en infracción al C. A. A. es objeto de intervención (inmovilización) y/o decomiso (secuestro) por parte de los inspectores de esta Oficina de Control.